Sumario: Se hace lugar a una medida cautelar innovativa y se ordena a una entidad bancaria a la reversión provisional de los cuatro débitos efectuados en la cuenta del actor, quien manifestó que el préstamo personal había sido obtenido de modo fraudulento.
Sumarios
El art. 230 CPCC concibe una finalidad instrumental ambivalente, pues sirve a la eficacia de la sentencia final tanto cuando procura en el tránsito hacia ella que se mantenga la situación de hecho o de derecho existente —si de su modificación se siguiera el peligro de daño— como cuando se insta a su modificación, si el statu quo sobre los bienes o las cosas del pleito es lo que genera el peligro o la infructuosidad de la sentencia.
La medida cautelar innovativa es apta para producir efectos retroactivos sobre conductas, situaciones o efectos ya agotados o consumados. Dicho de otro modo, puede revertir las cosas a un estado anterior, es decir, tener efecto retroactivo sobre situaciones consumadas.
Partes: Corvini, Alfredo Luis c/ BBVA Banco Francés S.A. s/ Medida precautoria. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala F