Sumario: Se declara la nulidad del testamento otorgado por la causante mientras estaba internada, como consecuencia de una enfermedad terminal, dado que, de las constancias de la historia clínica debe concluirse que el estado de salud físico y mental de la testadora antes y después de la realización del testamento se encontraba deteriorado. La causante sufrió una disminución de su aptitud física por la enfermedad que la aquejaba, lo cual concluyó en su fallecimiento, y si bien cada paciente cursa las dolencias de forma distinta y no siempre una de orden físico conlleva a una minusvalía cognitiva, en el caso se presentó de esa manera. Por ello, en un estado general tan delicado, no puede asegurarse que la causante haya estado lúcida al momento de testar, cuando la misma entraba y salía del estado de lucidez, lo cual debía ser acreditado por los demandados.

Partes: J., C. G. c/ J. C., M. E. y otros s/ impugnación / nulidad de testamento. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala K. Capital Federal, CABA.