Sumario: Adolece de un exceso ritual frustratorio del derecho conferido al cónyuge por los arts. 204 y 214, última parte CCiv., la sentencia que al decretar el divorcio vincular, no hizo lugar a la petición subsidiaria de inocencia de la esposa demandada, fundándose dogmáticamente en que no se había sustanciado en debida forma, sin atender que el actor tuvo ocasión de controvertirla y había frustrado, por sus propios actos, el ejercicio de este derecho.

Partes: S., M. J. R. c. Ch. de S. M., M. B.