Miércoles, 29 de Abril de 2015
La CSJN, compartiendo los fundamentos expuestos en el dictamen de la procuración por razones de brevedad, revocó la sentencia que ordenó calcular los intereses compensatorios fijados sobre el monto de los depósitos judiciales invertidos a plazo fijo, en su moneda de origen, ya que al aplicarse la tasa
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