Martes, 23 de Agosto de 2016
Se resuelve que las actuaciones han culminado por la transacción arribada por las partes. Por ello, no puede operar la caducidad de instancia alegada que constituye un modo anormal de extinción del proceso, por no existir proceso pendiente.
Extracto:
La transacción es un contrato por el cual las partes, para
ver completo