jurisprudencia

JJuris7451
CONTRATO DE TRABAJO. Accidente de trabajo. Alcance. Eximentes de responsabilidad del empleador. Infortunios laborales de los dependientes. Accidente ocurrido “en ocasión del trabajo”. Incorporación del concepto a la legislación nacional. Protección del trabajador. Elaboraciones jurisprudenciales.

De acuerdo con el art. 6.1. de la LRT Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo….estableciéndose en

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JJuris7450
PRUEBA TESTIMONIAL. Testigos. Tacha. Valoración judicial.

La jurisprudencia ha sostenido que “La tacha de un testigo no procede si se refiere a los dichos del mismo, circunstancia ésta no valedera para fundarla, sin perjuicio de valorar la declaración conforme a las reglas de la sana crítica “. (Ctrab. Rosario,

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JJuris7449
SERVICIO DOMESTICO. Trabajador. Principios generales. Favor operarii. Aplicación.

En cuanto a la aplicación del principio más favorable a los intereses del trabajador, si bien es cierto que el servicio doméstico está expresamente excluido de la LCT, el favor operarii rige también para esta clase de reclamos.

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JJuris7448
CONTRATO DE TRABAJO. Abandono de trabajo. Configuración. Elementos. Injuria. Comportamiento del trabajador. Análisis realizado por el juez. Valoración integral del cuadro fáctico de la causa.

Para que la omisión del trabajador de prestar el trabajo comprometido sea invocable como injuria, el art. 244 de la L.C.T. impone al empleador una carga consistente en la “previa constitución en mora, mediante intimación hecha en forma fehaciente a que se reintegre al trabajo, por el plazo que impongan ...

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JJuris7447
CONTRATO DE TRABAJO. Despido. Despido sin causa. Indemnización.Arts. 232, 234 y 245 LCT . Ley 25.323, art. 2°. Pago de las indemnizaciones. Intimación fehaciente.

El art. 2 de la ley 25323 requiere que se intime en forma fehaciente el pago de las indemnizaciones previstas por los arts. 232, 234 y 245 LCT. La norma dice: “Cuando el empleador, fehacientemente intimado por el trabajador, no

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JJuris7446
ACCIDENTES DE AUTOMOTORES. Conductor en estado de ebriedad. Falta de uso de cinturón de seguridad.

No obstante el conductor del camión, presentaba al momento del hecho un grado de alcoholemia incompatible con su función de conductor profesional y ello implica una seria irregularidad, no hay elemento alguno probatorio que vincule ese estado con la génesis causal del accidente, con lo cual su

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JJuris7445
Beneficios sociales.

Considera que los rubros medicina prepaga y comedor no constituyen una contraprestación por el trabajo cumplido y, si bien son otorgados en el marco de un contrato de trabajo, no retribuyen la puesta a disposición del trabajador (art. 103 L.C.T.) sino que constituyen beneficios sociales otorgados

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JJuris7444
Tenencia de estupefacientes.

Hace lugar a un recurso de casación presentado por el fiscal y ordena que la conducta del imputado debe encuadrarse en la figura de tenencia simple de estupefacientes, señalando que no deben aplicarse al caso los precedentes de la CSJN, "Arriola" y "Vega Giménez", habida cuenta

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JJuris7443
RECURSO DE APELACIÓN. PROCEDENCIA. REVOCACIÓN DE LA PROVIDENCIA RECURRIDA. EMBARGO SOBRE INGRESOS DE UNA PERSONA JURÍDICA. INTERVENCIÓN JUDICIAL. TRASCENDENCIA. INDAGACIÓN SOBRE LA POSIBILIDAD DE EMBARGO DE OTROS BIENES LIBRES. MONTO MENOR. IMPOSIBILIDAD DE GENERAR INCONVENIENTES EN EL GIRO DE LA CAUTELADA.

1. Para la efectivización de un embargo sobre ingresos de una persona jurídica tórnase menester su implementación a través de una medida complementaria y necesaria como lo es la intervención judicial, la que reviste mayor trascendencia que las cautelas que se

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JJuris7441
JUICIO POR ESCRITURACIÓN. RECHAZA APELACIÓN. COSTAS DEL JUICIO. DEMANDADA. INEXISTENCIA DE ALLANAMIENTO TOTAL. ART 230 CPCC. CONDUCTA ASUMIDA POR LA DEMANDADA EN EL PROCESO O FUERA DE EL, QUE ES MOTIVO DEL RECLAMO. ESCRITURA PÚBLICA. DEMANDADOS EN EL PLAZO INDICADO POR EL JUEZ. SUBSIDIARIAMENTE POR EL JUEZ POR EL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEMANDADOS. PLAZO FIJADO JUDICIALMENTE.

1. Las costas del juicio de escrituración deben imponerse en su totalidad a la demandada si, pese al reconocimiento del derecho en lo principal, no hubo un allanamiento total, liso, llano e incondicionado, pues termina por introducir cuestiones (escribano, la minoridad

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JJuris7439
DERECHO LABORAL. DESPIDO. EFICACIA PROBATORIA DE LAS DECLARACIONES TESTIMONIALES. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIONES. DECLARACIÓN DE UNA MISMA PERSONA DOS VECES EN EL MISMO EXPEDIENTE POR EL MISMO HECHO. INCREÍBLE SITUACIÓN. INAPLICABILIDAD DE LA PRESUNCIÓN DEL ART 23 LCT. INEXISTENCIA DE DEPENDENCIA. SERVICIOS EN FORMA LIBRE E INDEPENDIENTE. REVOCA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA. RECHAZO DE LA DEMANDA.

1. Uno de los requisitos para la eficacia probatoria del testimonio es que si hay varias declaraciones del mismo testigo, no existan graves contradicciones entre ellas. Claro que los supuestos por él previstos son, por ejemplo, que haya declarado en diligencia judicial

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JJuris7437
RENDICIÓN DE CUENTAS. DOS ETAPAS. EXCESO EN LA FINALIDAD DEL PRIMER TRAMO DEL JUICIO. DOMICILIO. NOTIFICACIÓN EN EL DOMICILIO DENUNCIADO Y EN EL QUE EL ACTOR CONSIDERÓ QUE PODÍA SER EL LUGAR SE RESIDENCIA ACTUAL. INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE COLABORACIÓN DEL DEMANDADO. ART 1197 CC. FALTA DE COMUNICACIÓN DEL LUGAR DONDE PODÍA RECLAMARSE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. DEMANDADO DEBIDAMENTE EMPLAZADO.

1. El juicio de rendición de cuentas tiene dos etapas. La primera de ellas —que es la que se transitó hasta ahora— tiene por exclusiva finalidad determinar si el demandado está obligado a rendirlas y, en caso afirmativo, determinar el plazo en el que debe hacerlo; resulta improcedente una

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JJuris7436
EXCEPCIONES DILATORIAS. EXCEPCIÓN DE ARRAIGO. EXCEPCIÓN DE FALTA DE PERSONERÍA. ART 329 CPCCSF. INCIDENTE DE ARRAIGO. SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO.ART 331 CPCCSF. INCIDENTE DE ARRAIGO. PRONUNCIAMIENTO APELABLE CON EFECTO DEVOLUTIVO. APELACIÓN DEL AUTO DE FALTA DE PERSONERÍA. APELABLE CON EFECTO SUSPENSIVO.

1. Que ante la interposición excepciones dilatorias y conforme a lo dispuesto en el artículo 329 del Código Procesal, debió ordenarse la sustanciación del incidente de arraigo y la suspensión del procedimiento

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JJuris7429
DAÑOS Y PERJUICIOS. Depósito de un vehículo en playa de estacionamiento. Robo de automotores de las playas de estacionamiento de centros comerciales / shopping. Responsabilidad del hipermercado. Contrato innominado. Art. 1198 del Código Civil. Responsabilidad.

La jurisprudencia ha dicho que en casos de depósito de un vehículo en una playa de estacionamiento, se advierten dificultades para su demostración, cuando por las modalidades del lugar no se extienden comprobantes de dicha circunstancia (CACCLomas de Zamora, causa N° 57.452, "Salinas, Víctor Hugo c/ Carrefour Argentina S.A. y ...

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JJuris7428
MEDIDAS CAUTELARES. Reglas de aplicación. Procedencia. Requisitos. Verosimilitud en el derecho invocado. RECURSO DE AMPARO. Procedencia. Requisitos. Verosimilitud en el derecho invocado. Medida cautelar innovativa.

El dictado de medidas cautelares dentro del proceso de amparo debe regirse por las mismas reglas y reunir los mismos requisitos de carácter general que en cualquier otro tipo de proceso; es decir, verosimilitud del derecho invocado, peligro en la demora,

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JJuris7427
RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. MUNICIPALIDAD DE FUNES. CHOFER DE EMERGENCIAS. FALTA DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA. NO OBJECIÓN DEL DERECHO DE HUELGA. EFECTO DE LA CONFESIÓN FICTA. CULPA DE LA EMPLEADORA. DÍAS MAL DESCONTADOS. PRESUNCIÓN DE CULPA DE LA EMPLEADORA. PRESENTISMO MAL DESCONTADO.

1. La Municipalidad, al no haber contestado el recurso, no ha objetado el ejercicio del derecho de huelga por parte del recurrente; a ello debe añadirse el efecto de la confesión ficta que, en el caso, tiene la fuerza

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JJuris7422
RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PROCEDENCIA. CONDENA A LA PROVINCIA DE SANTA FE. INTERESES. TASA DEL ART 10 DECRETO NACIONAL 941/91. COSTAS A LA ADMINISTRACIÓN QUE DIO MOTIVO AL LITIGIO. RECONOCIMIENTO DE PARTE DE LA PRETENSIÓN POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN. ART 24 LEY 11.330.

1. Debe declararse procedente el recurso Contencioso Administrativo interpuesto y condenar a la Provincia de Santa Fe a pagar en legal forma a la recurrente, según liquidación que deberá practicar la recurrida en un plazo no mayor de treinta días, la suma correspondiente a título de

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