Jueves, 20 de Agosto de 1998
I- Tal como lo sostuviera esta Corte en la causa "Vázquez" (A. y S., T. 102, pág. 495), la ley regulatoria en el ámbito provincial del recurso de inconstitucionalidad, dispone en su artículo 8, segundo párrafo, que ". estarán eximidos del depósito los que gozaren de exención
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