Lunes, 04 de Diciembre de 2000
1. La Provincia no puede eximirse de sus deberes constitucionales de crear una organización técnica “adecuada” para la salud, si la entidad creada no es “adecuada” para tales fines. Propiciar que ya cumplió con sus obligaciones constitucionales diseñando al CUDAIO, importaría consentir una exégesis absurda y gatopardista de la Constitución, ...
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