Jueves, 20 de Abril de 2017
Se resuelve que no procede el rubro privación de uso toda vez que de acuerdo a las constancias probatorias rendidas no se halla debidamente acreditado los daños a la motocicleta como así tampoco el tiempo que deberá permanecer detenida para su reparación.
Sumario:
No incumbe al actor la prueba fehaciente
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