Jueves, 08 de Julio de 1999
(1) Un pago parcial no puede enervar el curso de una ejecución hipotecaria desde el momento en que ella, por el monto no abonado, debe proseguir: arg. arts. 508 y 513, C.P.C.C.,
(2) Si atento la documentación acompañada por la ejecutada (y en su caso, reconocida), acreditativa de ciertas entregadas de ...
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