JJuris3538
CONCURSO. Cesación de pagos. Determinación fecha.
Para establecer la fecha de la cesación de pagos, el juez debe determinar cuándo comenzó efectivamente dicho estado y debe fijarla en dicho momento, cualquiera que fuese su antigüedad y aún más allá de los dos años que contempla el art.
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JJuris3537
CHEQUE. Intereses. Tasa aplicable.
No cabe duda alguna que estando en ejecución cheques, la normativa aplicable es la del derecho comercial de acuerdo a lo dispuesto por el art. 8 inc. 4 CCom., además tanto actor como demandado son dos sociedades de naturaleza comercial. Aparece así justificada la aplicación de
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JJuris3530
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Accidentes en que la víctima es un peatón
En el caso de delitos culposos por accidentes de tránsito, el mecanismo del atropello, sus distintas fases, la localización congruente de los traumatismos corporales con la parte impactante del vehículo, y la eventual contribución de la víctima, son circunstancias importantes para descifrar la responsabilidad penal y civil de los conductores. ...
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JJuris3528
CONTRATO DE TRABAJO. Trabajo de mujeres. Despido por causa de matrimonio.
Si el causante de la dilación del proceso fue el propio juez, no resultan aplicables al empleador las multas establecidas en el art. 275 LCD. Si la empleadora comunicó el despido como sin justa causa no puede luego modificar la causal del mismo. Si la empleadora despidió sin justa causa a
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JJuris3527
CONTRATO DE TRABAJO. Trabajo de mujeres. Maternidad.
La ley exige la notificación fehaciente del embarazo, no para constituir el derecho, sino para probar el conocimiento que del estado tenía el empleador. Exige la norma la prueba fehaciente del conocimiento, evitando medios probatorios frágiles y subjetivos. Ante el reconocimiento expreso de la parte a quien se opone la ...
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JJuris3526
CONTRATO DE TRABAJO. Trabajo de mujeres. Generalidades
Si se arriba a la conclusión de que los contratos a plazo fijo eran ilegítimos e inválidos, no puede rechazarse el reclamo de la indemnización prevista por el art. 178 LCT, fundándose en los mismos contratos desestimados. La circunstancia de que el incumplimiento de las formalidades
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JJuris3524
SOCIEDAD CONYUGAL. Liquidación. Convenios anteriores a la liquidación.
Es inadmisible por aplicación del art. 280 CPCN el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que en una liquidación de sociedad conyugal con fundamento en un anterior acuerdo, ordenó al recurrente entregar el saldo de las cuotas que había retenido con más los
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JJuris3523
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Accidente entre un rodado y un ciclista
Tratándose de un accidente entre un automotor y una bicicleta resulta aplicable el art. 1113, Cód. Civil (responsabilidad objetiva) recayendo, en principio, sobre el conductor del automotor pick-up y dueño de la cosa, la presunción de responsabilidad, sólo desvirtuable probando éste alguna de las
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JJuris3520
FILIACIÓN. Paternidad matrimonial. Presunción. Denuncia del progenitor.
Es arbitraria la sentencia que considera que la omisión de la mujer casada de denunciar el nombre del progenitor basta para desvirtuar la presunción de paternidad matrimonial, ignorando que dicha presunción rige por imperio legal y no por voluntad de las partes y sólo puede
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JJuris3519
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Colisión plural de automotores
La sola circunstancia de la existencia de un riesgo recíproco no excluye la aplicación del art. 1113, 2º párr., del Cód. Civil, que regula lo atinente a la responsabilidad civil por el hecho de las cosas y en los casos de accidentes protagonizados por
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JJuris3518
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Colisión plural de automotores
La sola circunstancia de un riesgo recíproco, no excluye la aplicación del art. 1113, párr. 2º del Cód. Civil, que regula lo atinente a la responsabilidad civil por el hecho de las cosas.
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JJuris3517
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Colisión plural de automotores
I. La sola circunstancia de un riesgo recíproco no excluye la aplicación de lo dispuesto en la 2ª parte del art. 1113 del Cód. Civil, que regula la responsabilidad por el hecho de la cosa (de la disidencia de los Dres. Cavagna Martínez, Fayt
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JJuris3516
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Colisión plural de automotores
Cuando media una colisión entre dos o más automotores, debe aplicarse el Cód. Civil, art. 1113.
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JJuris3515
REMUNERACIONES. Asignaciones familiares
1. El art. 1 del decreto 1245/96 establece que en ningún caso las asignaciones familiares se abonarán a prorrata del tiempo trabajado,; por ello, la solución legal es que cuando el solo cumplimiento del hecho da lugar al nacimiento del beneficio, éste se
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JJuris3514
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Colisión plural de automotores
En los casos de accidentes protagonizados por dos o más automotores resulta aplicable el art. 1113, párr. 2º del Cód. Civil.
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JJuris3513
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO
I. En el caso del daño causado con la cosa, en realidad se trata de un hecho del hombre, pues solamente la conducta humana podría ser calificada de ilícita a título de culpa o dolo; ya que la cosa es un mero instrumento en manos del agente causante del daño. En ...
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JJuris3512
REPARACIÓN DE DAÑOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO
La cuestión sobre la gradación de la culpa debe resolverse de acuerdo con lo establecido en el art. 1113 del Cód. Civil: esta norma, luego de la reforma introducida por la ley 17.711, al establecer la responsabilidad objetiva o del riesgo, invierte el onus probandi; en
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JJuris3511
SEGUROS. Citación en garantía
En ocasión de contestar la citación en garantía que se le formulara, la compañía aseguradora se circunscribió a oponer defensa de no seguro y a invocar el correspondiente art. 31 de la ley 17.418; guardando completo silencio en relación a una hipotética falta de
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JJuris3510
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO. Suicidio de detenido. Proceder policial.
El hecho de que se trate de un suicidio, en principio, ya nos indica que la cadena causal comienza y termina en el accionar, voluntario o no, de la propia víctima, resultando entonces de aplicación lo dispuesto en el art. 1111 CC, descartando la responsabilidad de la apelante (Provincia).
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JJuris3509
REPRESENTACIÓN PROCESAL. Poder. Acreditación. CHEQUE. Intereses. Tasa.
1. Tratándose del testimonio de la escritura pública de otorgamiento de poder general para pleitos expedido por la escribana interviniente, presentado en fotocopia con firma del letrado apoderado, se satisface la exigencia del art. 41 del CPCC que requiere como una forma de acreditar la representación en
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JJuris3508
RECURSO DE APELACIÓN EXTRAORDINARIA. Arbitrariedad. Improcedencia.
El RAE no tiene por objeto -a diferencia de la apelación común- determinar cuál es la mejor sentencia a dictar, sino excluir aquéllas que padezcan de un vicio de tal magnitud que impida tenerlas por pronunciamientos judiciales válidos, precisamente en razón de su arbitrariedad. De tal
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JJuris3507
RECURSO DE APELACIÓN. Improcedencia de revisión general
A la segunda instancia le está vedado pronunciarse acerca de puntos que no fueron sometidos al conocimiento del juez a quo. No se puede -entonces- so pretexto de violación de la legislación vigente en materia de fondos comunes de inversión, de la garantía
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JJuris3506
RECONOCIMIENTO DE DEUDA. Requisitos art. 722 CC. Prueba. Carga de la prueba.
1. El art. 718 del Código Civil establece que el reconocimiento de una obligación es la declaración por la cual una persona reconoce que está sometida a una obligación respecto de otra persona. Existen dos tipos básicos de reconocimiento de deuda: a)
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JJuris3505
PAGO. Consignación. Pruebas. INTERESES. Prueba de su pago.
1. Para la configuración del art. 757 inc. 4 CC, requiere que la duda que genere en el deudor sea razonable y seria, pautas que han de examinarse desde la óptica de la buena fe. No se requiere necesariamente, ni la existencia de un litigio,
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JJuris3504
JUICIO EJECUTIVO. Impugnación de liquidación de planilla. Irrecurribilidad.
En el caso se trata de la impugnación de una planilla liquidatoria presentada en el marco de un juicio de naturaleza ejecutiva. Cabe señalar que, a diferencia de lo que sucede en materia de impugnaciones de planilla confeccionadas en en seno de un juicio de conocimiento, lo
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JJuris3503
INTERESES. Tasa aplicable por daños y perjuicios. DAÑO MORAL. Procedencia. Lesión física.
1. En materia de responsabilidad extracontractual rige la tasa pasiva de intereses. 2. El daño moral -cuya demostración no es menester porque se trata de un perjuicio in re ipsa- es como regla concedido cuando concurre una lesión física. Si se ha admitido
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JJuris3502
EXPRESIÓN DE AGRAVIOS. Requisitos.
El escrito de expresión de agravios debe contener una crítica razonada y concreta de las argumentaciones efectuadas por el juez a quo, bajo las prevenciones del art. 365 CPC, no siendo suficiente a tal efecto, la mera repetición de argumentos desestimados y rebatidos por el juez apelado. Para expresar
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JJuris3501
EJECUCIÓN HIPOTECARIA. Juicio. Excepción de inhabilidad de título. Improcedencia.
Nos encontramos en un juicio de ejecución hipotecaria donde en principio las únicas defensas admisibles son las del apremio, es decir, las procesales y la de falsedad material o inhabilidad de título y de extinción de la obligación. En este caso se opuso excepción de inhabilidad de título con fundamento en ...
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JJuris3500
DEMANDA. Determinación. Demanda por indemnización de daños y perjuicios. Pérdida de chance.
El art. 130 del CPCC en su inciso 3. determina que la demanda ha de expresar: La designación precisa de lo que se demanda y su apreciación pecuniaria, pero que cuando no fuere posible fijarla con exactitud, se suministrarán los antecedentes que puedan contribuir
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