JJuris4675
CONTAMINACION AMBIENTAL. Río Matanza - Riachuelo. MEJORA DE CALIDAD DE VIDA de los habitantes de la cuenca – RECOMPOSICIÓN DEL AMBIENTE - PREVENCIÓN DE DAÑOS con suficiente y razonable grado de predicción. PROGRAMA DE RECOMPOSICIÓN Y PREVENCIÓN. Información pública. Contaminación de origen industrial. Saneamiento de basurales. Limpieza de márgenes de río. Expansión de la red de agua potable. Desagües pluviales. Saneamiento cloacal. Plan Sanitario de Emergencia. AUTORIDAD DE CUENCA: autoridad de ejecución del programa fijado por la CSJN. Responsabilidad concurrente del Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la ejecución de dicho programa. AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN: Función de control de la asignación de fondos y de ejecución presupuestaria. Participación ciudadana. Intervención del Defensor del Pueblo
La recomposición y prevención de daños al ambiente obliga al dictado de decisiones urgentes, definitivas y eficaces. El objeto decisorio se orienta hacia el futuro y fija los criterios generales para que se cumpla efectivamente con la finalidad indicada, pero respetando el modo
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JJuris4674
DAÑOS Y PERJUICIOS. Desaparición de bienes secuestrados y afectados a una causa penal en la que se investiga el delito de contrabando. Falta de prueba adecuada para acreditar la propiedad de los bienes y que éstos desaparecieron cuando estaban bajo la custodia de la Administración Nacional de Aduanas. Daño moral. Privación de uso de los bienes. IMPROCEDENCIA
Cabe recordar que quien invoca ciertos hechos como fundamento de su pretensión tiene la carga de acreditarlos (art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), y si no logra cumplir con esa carga mediante la actividad probatoria
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JJuris4673
MENORES. DISPOSICION TUTELAR. MEDIDAS PARA MEJOR PROVEER en el trámite del recurso interpuesto contra la sentencia de la CNCP que declaró la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 22.278. PEDIDO DE INFORMES respecto a la situación de menores internados a los Juzgados de Menores, a la Coordinación General del Programa Nacional de Justicia para Niños, Adolescentes y Jóvenes en Situación de Vulnerabilidad Socio Penal y a la Defensoría General de la Nación
Por disposición del Tribunal tomada para mejor proveer, corresponde ordenar la realización de las siguientes medidas: 1.- Requerir a los todos los Juzgados en lo Nacional de Menores para que informen sobre las actuaciones concernientes a personas menores que, al momento de
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JJuris4672
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CSJN. Improcedencia. Principio de estrictez. Daño ambiental. Contaminación de los ríos Reconquista y de La Plata, y acuífero Puelche. Ley General del Ambiente 25.675. Aplicación. Acto, omisión o situación que no provoca efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales.
El hecho de que la demandante invoque la responsabilidad del Estado Nacional en la tutela y cumplimiento del "Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo", no funda per se la competencia originaria del Tribunal en razón de la materia, pues esta jurisdicción procede tan sólo cuando la ...
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JJuris4671
DEPOSITOS BANCARIOS en moneda extranjera (dólares). "Corralito financiero". EMERGENCIA ECONOMICA. PESIFICACION. Doctrina del fallo "Massa". Reintegro del depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER -Coeficiente de Estabilización de Referencia- hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable. FONDOS COMUNES DE INVERSION. Aplicación del precedente "Mata Peña"
Año XI - Nº 2551 Jueves, 12 de Junio de 2008 En lo que respecta a los fondos comunes de inversión resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa M.245.XXXIX. "Mata Peña, José Rafael y otro c/
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JJuris4670
COMPETENCIA. Guarda con fines de adopción. Traslado de guardadores a otra provincia. Menor internado por razones de salud mental. Esquizofrenia. Necesidad de tratamiento terapéutico. Debido proceso y tutela judicial efectiva. Competencia del juez del domicilio de internación. Jurisdicción territorial donde se encuentra residiendo efectivamente el menor. Principio de inmediatez. Convención sobre los derechos del Niño y la Ley de Protección Integral de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
El representante promiscuo señaló -con cita al pronunciamiento de este tribunal en la causa Competencia Nº 795.XLIII del 18 de diciembre 2007- que "no puede pasar desapercibido que se encuentra involucrado un menor de edad al que le asisten todos los derechos
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JJuris4669
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CSJN. Procedencia. Provincia de San Luis. DERECHOS DE EXPORTACION. Planteo de inconstitucionalidad de todas las normas dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional - Ministerio de Economía a partir del 11 de enero de 2002, de las leyes nacionales 25.972, 26.077, 26.204 y 26.339 que prorrogaron sucesivamente la emergencia pública declarada por la ley 25.561, delegación autorizada por el art. 755 del Código Aduanero, y arts. 11 y 31 de las leyes nacionales 25.148, 25.645, 25.918 y 26.135
En atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, el sub lite corresponde a la competencia originaria de la Corte ratione personae. (Del dictamen de la Procuradora Fiscal, compartido por la CSJN). Toda vez que la Provincia de
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JJuris4668
PRUEBA DE HISTOCOMPATIBILIDAD. Extracción de sangre a los fines de una posterior peritación genética. Método de exclusión. Cuerpo Médico Forense. RECURSO EXTRAORDINARIO. INADMISIBILIDAD. Art. 280 CPCCN
El recurso extraordinario deducido a fs. 239/ 247 es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se lo declara mal concedido.
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JJuris4667
JUBILACIONES. MOVILIDAD. Recomposición de haberes. Existencia de sentencia anterior. COSA JUZGADA. Aplicación del precedente de CSJN "Badaro" a la luz de los cambios económicos que se fueron operando en el país desde el año 2002
Las objeciones esgrimidas respecto a la omisión del Congreso de dictar normas que fijen un método de movilidad suscitan cuestión federal para su consideración por la vía intentada, pues si bien la existencia o inexistencia de la cosa juzgada es
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JJuris4666
EXTRADICION. Art. 1º del Tratado de extradición vigente con Brasil (país requirente). Individuo requerido con nacionalidad de Estado requerido. Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de las Naciones Unidas. Garantías para preservar vida y seguridad personal
El art. 1º del tratado de extradición vigente con la República Federativa de Brasil señala que cuando el individuo requerido fuere nacional del Estado requerido, éste "no estará obligado a entregarlo" (par. 1º). Este Tribunal ya ha interpretado que en el sistema legal actualmente vigente (art. 12, tercer párrafo de
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JJuris4665
RETENCIONES MOVILES. Productos agrícolas. Pretensión de que se declare la inconstitucionalidad de la resolución MEP 125/2008. Amparo. LEGITIMACION. Ciudadano en su condición de consumidor. Afectación de sus intereses en cuanto al encarecimiento y peligro de desabastecimiento de productos alimenticios. Ausencia de legitimación. Inexistencia de interés jurídico inmediato o directo que dé lugar a una controversia actual o concreta. Rechazo in limine de la demanda
La Constitución Nacional reconoce legitimación para promover la acción de amparo a sujetos potencialmente diferentes de los afectados en forma directa por el acto u omisión, que en forma actual o inminente, lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos o garantías reconocidos por la Constitución,
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JJuris4657
SOLIDARIDAD LABORAL. Comprobación rigurosa de los presupuestos fácticos establecidos en el art. 30 LCT. Actividad normal y específica de la empresa. Unidad técnica de ejecución entre la empresa y su contratante. Fleteros. Actividad escindible.
La Alzada partió de afirmar dogmáticamente que los servicios contratados por la recurrente integraban la específica actividad principal de la misma, sin efectuar el juicio de “comprobación rigurosa” o de “escrutinio estricto” sobre la concurrencia de los presupuestos fácticos establecidos en el art.
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JJuris4654
PROPIEDAD HORIZONTAL. Ley 13.512. Art. 10. Asamblea General. Convocatoria judicial. Carácter excepcional
La convocatoria a Asamblea General solicitada al órgano jurisdiccional constituye una posibilidad de carácter excepcional, que queda verificada cuando es imposible la reunión mediante los mecanismos propios de la vida consorcial, y cuando circunstancias de suma urgencia y gravedad así lo requieren, debiendo exigirse en tal sentido
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JJuris4653
CONTRATO DE TRABAJO. ENFERMEDAD LABORAL. Legitimatio ad processum. Nulidad de las actuaciones
El art. 13 de la ley 7945, realiza una regulación especial del instituto de los apoderados legales en el juicio laboral, admitiendo que la representación profesional puede ser asumida tanto por abogados como procuradores, quienes detentan en el mismo nivel jurídico, la legitimatio ad processum, por
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JJuris4652
DAÑOS Y PERJUICIOS. Medidas de mejor proveer. Negligencia médica
En autos, se procedió a oficiar al Colegio de Médicos de la ciudad de Rosario por la vía y para que designe y requiera a un profesional especialista en la materia discutida, y acorde con sus antecedentes profesionales, que ilustre al Tribunal y
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JJuris4651
REFORMATIO IN PEJUS. Ministerio Público. Fiscal. Defensa en juicio. Juicio criminal. Derecho de defensa. Condena. Doble instancia.
NULIDAD DE SENTENCIA. Reformatio in pejus. Principio de preclusión. Principio de progresividad. NON BIS IN IDEM. Pena. Introducción de la cuestión federal. Mantenimiento. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.
REFORMATIO IN PEJUS. Ref. : Ministerio Público. Fiscal. Defensa en juicio. La prohibición de la reformatio in pejus cuando no media recurso acusatorio tiene jerarquía constitucional, por lo cual toda sentencia que ignore este principio resulta inválida en tanto importa que ha sido
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JJuris4650
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Non bis in idem.
JUICIO CRIMINAL.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades.
NON BIS IN IDEM. Tribunal superior. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Non bis in idem. JUICIO CRIMINAL. La regla constitucional del non bis in idem no sólo veda la aplicación de una segunda pena por un mismo hecho sino también la exposición al riesgo de que ello ocurra. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto
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JJuris4649
Asociación de Trabajadores del Estado c/ Ministerio de Trabajo s/ Ley de Asociaciones Sindicales (Se hace lugar parcialmente a la queja y al recurso extraordinario - Se revoca sentencia apelada - Inadmisibles agravios basados en arbitrariedad (art. 280 CPCCN) - Derecho de asociación - Principio de libertad sindical - Arts. 14 y 14 bis CN - Derecho de asociación sindical con dimensión individual y social - Tratados internacionales - Convenio N° 87 de la OIT - Monopolio sindical - Inconstitucionalidad art. 41, inc. a de la ley 23.551 que exige a delegados e integrantes de comisiones estar afiliados a asociación sindical con personería gremial y ser elegidos en comicios convocados por ésta).
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