jurisprudencia

JJuris4679
REMUNERACIONES. Integrantes del Ministerio Público de la Nación. Reclamo de diferencias salariales. Integración de la litis. Procuración General de la Nación. Garantía de la defensa en juicio y del debido proceso. Nulidad de las actuaciones llevadas a cabo a partir del requerimiento del informe previsto en el art. 8, de la ley 16.986. Intervención del Ministerio Público Fiscal

Si bien es doctrina de esta Corte que sus sentencias deben limitarse a lo pedido por las partes en el recurso extraordinario (Fallos: 312:1580 y sus citas, entre muchos otros), constituye un requisito previo emanado de su función jurisdiccional el control, aun

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JJuris4678
QUIEBRAS. SUSPENSION de la desafectación de inmueble como bien de familia. Procedencia

Los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa podrían, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, por lo que debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión de la desafectación del inmueble como bien

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JJuris4676
EMPLEO PUBLICO. Educación superior. Personal no docente. Designación realizada por el Rector. Sanción interpuesta por el Consejo Superior de la Universidad Nacional del Nordeste. Incompetencia del órgano emisor. Recurso extraordinario. Procedencia.

Corresponde habilitar la instancia del Art. 14 de la ley 48, toda vez que en autos se discute la validez de actos emanados de una autoridad nacional -resolución (CS) 359/00 de la U.N.N.E.- con fundamento en la interpretación y aplicación de

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JJuris4674
DAÑOS Y PERJUICIOS. Desaparición de bienes secuestrados y afectados a una causa penal en la que se investiga el delito de contrabando. Falta de prueba adecuada para acreditar la propiedad de los bienes y que éstos desaparecieron cuando estaban bajo la custodia de la Administración Nacional de Aduanas. Daño moral. Privación de uso de los bienes. IMPROCEDENCIA

Cabe recordar que quien invoca ciertos hechos como fundamento de su pretensión tiene la carga de acreditarlos (art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), y si no logra cumplir con esa carga mediante la actividad probatoria desarrollada durante el

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JJuris4672
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CSJN. Improcedencia. Principio de estrictez. Daño ambiental. Contaminación de los ríos Reconquista y de La Plata, y acuífero Puelche. Ley General del Ambiente 25.675. Aplicación. Acto, omisión o situación que no provoca efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales.

El hecho de que la demandante invoque la responsabilidad del Estado Nacional en la tutela y cumplimiento del "Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo", no funda per se la competencia originaria del Tribunal en razón de la materia, pues

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JJuris4668
PRUEBA DE HISTOCOMPATIBILIDAD. Extracción de sangre a los fines de una posterior peritación genética. Método de exclusión. Cuerpo Médico Forense. RECURSO EXTRAORDINARIO. INADMISIBILIDAD. Art. 280 CPCCN

El recurso extraordinario deducido a fs. 239/ 247 es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se lo declara mal concedido.

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JJuris4667
JUBILACIONES. MOVILIDAD. Recomposición de haberes. Existencia de sentencia anterior. COSA JUZGADA. Aplicación del precedente de CSJN "Badaro" a la luz de los cambios económicos que se fueron operando en el país desde el año 2002

Las objeciones esgrimidas respecto a la omisión del Congreso de dictar normas que fijen un método de movilidad suscitan cuestión federal para su consideración por la vía intentada, pues si bien la existencia o inexistencia de la cosa juzgada es un problema de hecho y de derecho

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JJuris4666
EXTRADICION. Art. 1º del Tratado de extradición vigente con Brasil (país requirente). Individuo requerido con nacionalidad de Estado requerido. Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de las Naciones Unidas. Garantías para preservar vida y seguridad personal

El art. 1º del tratado de extradición vigente con la República Federativa de Brasil señala que cuando el individuo requerido fuere nacional del Estado requerido, éste "no estará obligado a entregarlo" (par. 1º). Este Tribunal ya ha interpretado que en el sistema legal

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JJuris4661
COMPETENCIA. CONCURSOS.

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JJuris4660
HONORARIOS. PRESCRIPCION.

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JJuris4657
SOLIDARIDAD LABORAL. Comprobación rigurosa de los presupuestos fácticos establecidos en el art. 30 LCT. Actividad normal y específica de la empresa. Unidad técnica de ejecución entre la empresa y su contratante. Fleteros. Actividad escindible.

La Alzada partió de afirmar dogmáticamente que los servicios contratados por la recurrente integraban la específica actividad principal de la misma, sin efectuar el juicio de “comprobación rigurosa” o de “escrutinio estricto” sobre la concurrencia de los presupuestos fácticos establecidos en el art. 30 LCT, que -sin

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JJuris4654
PROPIEDAD HORIZONTAL. Ley 13.512. Art. 10. Asamblea General. Convocatoria judicial. Carácter excepcional

La convocatoria a Asamblea General solicitada al órgano jurisdiccional constituye una posibilidad de carácter excepcional, que queda verificada cuando es imposible la reunión mediante los mecanismos propios de la vida consorcial, y cuando circunstancias de suma urgencia y gravedad así lo

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JJuris4653
CONTRATO DE TRABAJO. ENFERMEDAD LABORAL. Legitimatio ad processum. Nulidad de las actuaciones

El art. 13 de la ley 7945, realiza una regulación especial del instituto de los apoderados legales en el juicio laboral, admitiendo que la representación profesional puede ser asumida tanto por abogados como procuradores, quienes detentan en el mismo nivel jurídico, la legitimatio ad processum, por lo tanto rige

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JJuris4652
DAÑOS Y PERJUICIOS. Medidas de mejor proveer. Negligencia médica

En autos, se procedió a oficiar al Colegio de Médicos de la ciudad de Rosario por la vía y para que designe y requiera a un profesional especialista en la materia discutida, y acorde con sus antecedentes profesionales, que ilustre al Tribunal y le informe sobre los puntos que fueron ...

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JJuris4651
REFORMATIO IN PEJUS. Ministerio Público. Fiscal. Defensa en juicio. Juicio criminal. Derecho de defensa. Condena. Doble instancia. NULIDAD DE SENTENCIA. Reformatio in pejus. Principio de preclusión. Principio de progresividad. NON BIS IN IDEM. Pena. Introducción de la cuestión federal. Mantenimiento. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.

REFORMATIO IN PEJUS. Ref. : Ministerio Público. Fiscal. Defensa en juicio. La prohibición de la reformatio in pejus cuando no media recurso acusatorio tiene jerarquía constitucional, por lo cual toda sentencia que ignore este principio resulta inválida en tanto importa que ha sido dictada sin jurisdicción, afectando de manera

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