Martes, 27 de Junio de 2017
Se resuelve que corresponderá ordenarle al Síndico gestionar su necesaria intervención en los procesos de conocimiento en trámite (cf. Art. 21 in fine LCQ) y, además, para la hipótesis de que el presente concurso deviniere en quiebra
indirecta, tener por ya denunciado el crédito eventual para constituir las reservas a las ...
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