Martes, 04 de Junio de 2019
El legislador reconoce a las uniones convivenciales como relaciones de familia y resultan aplicables a los conflictos que se originan en dicha unión o en su cese las reglas procesales destinadas a los procesos de familia, entre los que se encuentran el principio de tutela judicial efectiva, inmediación, oficiosidad,
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