Miércoles, 16 de Diciembre de 2020
Se rechaza la declaración de quiebra, ya que, si bien el peticionante demostró que destina una importante parte de su salario para pagar los créditos contraídos, no logró demostrar cabalmente que los montos percibidos resultan insuficientes para atender las necesidades del requirente.
Sumarios
No corresponde denegar a priori la
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