Martes, 15 de Junio de 2010
Corresponde revocar la sentencia que condenó y declaró reincidente al recurrente si su interpretación no armoniza con la asunción por parte del legislador del sistema de reincidencia real (art. 50 del Código Penal), dado que la exigencia de cumplimiento de pena, total o parcial, deja fuera al
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