Viernes, 04 de Marzo de 2011
No puede hablarse en autos e una legítima defensa prevista por el art. 34 inc.6º del CP. No obstante, todos los ingredientes enunciados precedentemente podrían alentar la apariencia de una legítima defensa putativa. Pero en este punto MEDIA un obstáculo infranqueable: No hay una hipótesis verosímil, sustentada como
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