JJuris4657
SOLIDARIDAD LABORAL. Comprobación rigurosa de los presupuestos fácticos establecidos en el art. 30 LCT. Actividad normal y específica de la empresa. Unidad técnica de ejecución entre la empresa y su contratante. Fleteros. Actividad escindible.

La Alzada partió de afirmar dogmáticamente que los servicios contratados por la recurrente integraban la específica actividad principal de la misma, sin efectuar el juicio de “comprobación rigurosa” o de “escrutinio estricto” sobre la concurrencia de los presupuestos fácticos establecidos en el art. 30

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JJuris4654
PROPIEDAD HORIZONTAL. Ley 13.512. Art. 10. Asamblea General. Convocatoria judicial. Carácter excepcional

La convocatoria a Asamblea General solicitada al órgano jurisdiccional constituye una posibilidad de carácter excepcional, que queda verificada cuando es imposible la reunión mediante los mecanismos propios de la vida consorcial, y cuando circunstancias de suma urgencia y gravedad así lo requieren, debiendo exigirse

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JJuris4653
CONTRATO DE TRABAJO. ENFERMEDAD LABORAL. Legitimatio ad processum. Nulidad de las actuaciones

El art. 13 de la ley 7945, realiza una regulación especial del instituto de los apoderados legales en el juicio laboral, admitiendo que la representación profesional puede ser asumida tanto por abogados como procuradores, quienes detentan en el mismo nivel jurídico, la legitimatio

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JJuris4652
DAÑOS Y PERJUICIOS. Medidas de mejor proveer. Negligencia médica

En autos, se procedió a oficiar al Colegio de Médicos de la ciudad de Rosario por la vía y para que designe y requiera a un profesional especialista en la materia discutida, y acorde con sus antecedentes profesionales, que ilustre

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JJuris4651
REFORMATIO IN PEJUS. Ministerio Público. Fiscal. Defensa en juicio. Juicio criminal. Derecho de defensa. Condena. Doble instancia. NULIDAD DE SENTENCIA. Reformatio in pejus. Principio de preclusión. Principio de progresividad. NON BIS IN IDEM. Pena. Introducción de la cuestión federal. Mantenimiento. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.

REFORMATIO IN PEJUS. Ref. : Ministerio Público. Fiscal. Defensa en juicio. La prohibición de la reformatio in pejus cuando no media recurso acusatorio tiene jerarquía constitucional, por lo cual toda sentencia que ignore este principio resulta inválida en tanto importa que ha sido dictada sin jurisdicción, afectando

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JJuris4650
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Non bis in idem. JUICIO CRIMINAL. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades. NON BIS IN IDEM. Tribunal superior. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Non bis in idem. JUICIO CRIMINAL. La regla constitucional del non bis in idem no sólo veda la aplicación de una segunda pena por un mismo hecho sino también la exposición al riesgo de que ello ocurra. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades. NON BIS

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JJuris4640
CONCURSOS Y QUIEBRA. Nulidad. Subasta

Declarada la quiebra, el fallido resulta desapoderado de los bienes de su propiedad, y en el caso, quien plantea la nulidad al margen de no ser la deudora, tampoco ha acreditado la calidad de heredera de aquél a los efectos de

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JJuris4639
CONTRATO DE TRABAJO. Relación laboral. Despido indirecto. Convenio colectivo de trabajo

Corresponde aplicar sac y vac sobre preaviso en su calidad de salario diferido integra el total de las remuneraciones que el trabajador hubiera percibido durante el plazo de preaviso, de haber sido cumplido el art. 232 de la LCT. Cf. CNAT, Sala VIII, 31/10/01, “Aiello, Jorge R. c.

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JJuris4638
HONORARIOS PROFESIONALES.

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JJuris4628
APLICACIÓN DEL C.E.R.

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