JJuris5006
JUICIO DE ESCRITURACIÓN. Rechazo.
No es posible determinar en virtud de qué título el cesionario podría considerarse acreedor ante los titulares registrales para obtener escrituración, si el acto que el accionante invoca como fundamento de su pretensión ha consistido en una cesión de derechos
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JJuris5005
HOMICIDIO. Criminis causa. Configuración.
Aunque existen distintas y fundadas opiniones, el suscripto opta por el criterio que entre el homicidio ya consumado y el robo posterior, tal nexo causal no impide que ambos actos sean independientes como lo establece el artículo 55 del Código Penal; no se reprocha dos veces
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JJuris5004
ACCIDENTES DE AUTOMOTORES. Motocicleta.
Hay culpa concurrente si en la motocicleta del demandante viajaban tres personas, violando el art. 36, inc. g.2., Ordenanza 6543/98, aunque la misma haya sido embestida por el demandado.
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JJuris5003
ADOPCIÓN. Adopción de mayores. Adopción entre parientes.
Es procedente el pedido de adopción de una sobrina mayor de edad entregada al matrimonio al fallecer su madre y cuya guarda detentan desde los trece meses de vida y que actualmente cuenta con treinta años. En lo relativo al parentesco del pretenso adoptante,
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JJuris5002
QUIEBRA. Ley 24.522. Inapelabilidad de las resoluciones dictadas durante el procedimiento de quiebra. RECURSO DE APELACIÓN. Procedencia. Daño grave a los intereses en juego en los procesos universales.
1. La ley 24522 prescribe un sistema de inapelabilidad para las resoluciones dictadas durante el procedimiento de la quiebra. Dicha prescripción tiene por finalidad evitar que la celeridad y agilidad de los trámites del proceso universal, pueda frustrarse
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JJuris4985
SUSTRACCION DE MATERIA LITIGIOSA. COSTAS EN EL ORDEN CAUSADO.
Se acepta de modo uniforme en la doctrina judicial, que cuando se declara la sustracción de la materia litigiosa, las costas deben, en principio, imponerse en el orden causado.
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JJuris4982
ORDENANZA MUNICIPAL. TAXIS. PUBLICIDAD EN LOS TECHOS DE LOS TAXIS. AMPARO. VÍA ADMINISTRATIVA.
No es procedente el recurso puesto que en principio, la elección de la vía administrativa excluye al amparo como medio de tutela y, a la inversa, la interposición del amparo implica que el promotor ha desechado la idoneidad del trámite en sede administrativa
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JJuris4981
CONCUBINATO. MEJORAS REALIZADAS AL BIEN DEL OTRO. ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA.
Corresponde revocar parcialmente la sentencia en cuanto al monto de condena, en virtud del cálculo resultante del valor de la obra deduciendo el valor del inmueble sobre el que ella se edificó, considerando que ambas partes contribuyeron en partes iguales a las mejoras introducidas en el
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JJuris4980
AMPARO AMBIENTAL. SEGURO AMBIENTAL. TRANSFORMADORES. PCB.
Corresponde declarar procedente el recurso de apelación y revocar la decisión apelada, y en su lugar, requerir, con carácter cautelar, al Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe que -por intermedio de la autoridad correspondiente- se disponga
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JJuris4979
DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRA ABOGADOS. INCUMPLIMIENTO DE MANDATO. FIADORES.
Corresponde declarar parcialmente procedente las apelaciones, en efecto el artículo 1.920 del Código Civil dispone que habiéndose otorgado mandato a varias personas, no hay solidaridad entre ellas, salvo convención en contrario. En consecuencia, habiéndose establecido el daño moral en una suma determinada, la
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JJuris4978
ACCION MERE DECLARATIVA DE CERTEZA. HONORARIOS.
Corresponde rechazar el recurso de apelación. Todo pues: la aplicación del art.12, inciso 2º, apartado c, de la ley 6767 de honorarios profesionales, debe correlacionarse con el art.12, inciso 9º, de la misma ley y dentro del parámetro de éste inciso se debe merituar la extensión, calidad, éxito, importancia ...
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JJuris4977
INEMBARGABILIDAD DE INMUEBLE. BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
Corresponde rechazar el recurso y confirmar la resolución de grado. En efecto lo argumentado en cuanto a que habría cesado el beneficio establecido en la citada ley merced la transformación del antiguo Banco Hipotecario Nacional en una sociedad comercial, carece de sustento en confrontación con lo dispuesto
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