JJuris6495
PRISION PREVENTIVA. Duración. Plazo razonable. LEY 24.390. Aplicación. No automaticidad. Demora no imputable al órgano judicial. Complejidad de la causa. PACTOS INTERNACIONALES. Duración del proceso. Interpretación del plazo razonable.

1. La decisión atacada recursivamente hace una correcta aplicación de los principios fundamentales del sistema de justicia, que avala y protege mediante criterios de excepción, en algunos casos, la garantía de realización del derecho, en aras a circunstancias que en

ver completo

JJuris6494
PRISION PREVENTIVA. Duración. Plazo razonable. LEY 24.390. Aplicación. No automaticidad. Demora no imputable al órgano judicial. Complejidad de la causa. PACTOS INTERNACIONALES. Duración del proceso. Interpretación del plazo razonable.

1. Si bien es cierto que la legislación argentina establece como tiempo máximo para la prisión preventiva el plazo de tres años, no es menos real que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al tener que intervenir en situaciones similares a las presentes, e incluso

ver completo

JJuris6493
REINCIDENCIA. Pena compurgada. Ca. nº 10.347 “Ac. Plenario reincidencia s/su revisión”

Cuestión: El tiempo sufrido en prisión preventiva y computado para la condena de conformidad al artículo 24 del Código Penal ¿importa cumplimiento total o parcial de pena a los fines de la declaración de reincidencia? Resolución: El tiempo de encierro que sufra una persona en carácter de

ver completo

JJuris6492
JUEZ NATURAL. Conflicto negativo de competencia. Juicios conexos. Imposibilidad de excusación o recusación del Juez que entendió en el principal. Rechazo tardío del juez recipiendario. Medidas cautelares.

1. “El proceso de ejecución, y más aún el de ejecución de sentencia por vía de apremio, es un juicio autónomo, pero su estructura dentro del código ritual santafesino ha establecido que sólo a los fines de su tramitación, sea considerado incidente del principal. Es por esta razón

ver completo

JJuris6491
RECURSO DE APELACIÓN. Mala concesión por el juez a quo. Impugnación del auto regulatorio de honorarios. Requisito de estimación del monto correspondiente.

“Cuando el recurrente en primera instancia al interponer el recurso de revocatoria manifiesta su disconformidad con el monto regulado alegando únicamente su disconformidad, sin indicar puntualmente la cifra que a su entender corresponde regular, las quejas devienen inciertas y difusas, siendo

ver completo

JJuris6490
JUEZ NATURAL. Conflicto negativo de competencia. Juicios conexos. Imposibilidad de excusación o recusación del Juez que entendió en el principal. Posibilidad de excepción al principio por causa debidamente fundada.

1. “En materia como la de una relación procesal única que puede encontrar origen en un juicio ordinario o, como en el caso, especial de alimentos, del que resulta una condena, la ejecución de ésta y la continuación de la expresión

ver completo

JJuris6489
RECURSO DIRECTO. Apertura de la instancia. Queja suficientemente argumentada y fundada. ARBITRARIEDAD. Apartamiento de las constancias de autos.

“Surge de la crítica de la quejosa a la denegatoria recurrida, que podrían los sentenciantes de grado haber malinterpretado el material probatorio y su poder convictivo, produciéndose una adecuada y seria relación de causalidad entre la probabilidad de haberse incurrido

ver completo

JJuris6488
INSCRIPCION DE NOMBRE. Libertad de personalización. Derecho de elección de los padres. Criterio amplio de interpretación.

1. “Una interpretación de la normativa vigente que no atienda la evolución de la lengua, de las costumbres sociales, refleja una actitud que desvincula a algo tan significativo como la designación de una persona, de cualquier dinámica social.” 2. “El nombre elegido no puede ser calificado como ridículo, extravagante, que suscite

ver completo

JJuris6486
ABOGADO. Responsabilidad del profesional. Caducidad de instancia.

El patrocinio implica asumir la plena dirección del proceso hasta su fin de la mejor manera posible. De ahí que si se acreditó que el juicio perimió, debió probar la emplazada una razón debidamente justificada que le hubiere impedido avanzar en el proceso antes del vencimiento del plazo

ver completo

JJuris6485
SEGUROS. Franquicia. Oponibilidad frente a la víctima.

Resulta procedente la apelación extraordinaria articulada por la aseguradora, correspondiendo "casar" "parcialmente" la Sentencia dictada por el Tribunal a quo, en cuanto declara la inoponibilidad de la franquicia a la víctima y, en su lugar, disponer que la aseguradora deberá responder a la víctima del siniestro de acuerdo a

ver completo

JJuris6484
PRUEBA. Producción. Absolución de posiciones.

Si la absolvente consideraba que por algún impedimento médico no estaba en condiciones de prestar la declaración así debió solicitarlo o ponerlo de manifiesto antes de la celebración de la audiencia. No existe elemento alguno para restar valor a las declaraciones emitidas

ver completo

JJuris6483
NOMBRE. Apellido. Rectificación.

La reforma constitucional del año 1994 ha incorporado al art. 75, inc. 22, de la Constitución Federal el Pacto de San José de Costa Rica, el que en el art. 18 consagra el derecho de las personas "a utilizar los apellidos de sus padres, o el

ver completo

JJuris6482
EMBARGO. Haber previsional.

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe ha declarado que , en la medida en que se admita la inembargabilidad de los sueldos públicos o beneficios provisionales -en referencia a las restricciones que para activar la cautelar contempla

ver completo

JJuris6481
CONCURSOS. Cesación de pagos.

El estado de cesación de pagos del deudor se encontraría fictamente reconocido, si la demandada no ha contestado traslado ni comparecido a la audiencia del art. 19 del Código Procesal Civil y Comercial, fijados por el a quo.

ver completo

JJuris6480
BANCOS. Responsabilidad. Créditos. Información crediticia.

El banco demandado no procedió -al efectuar la calificación crediticia del accionante- de acuerdo a los parámetros referidos inicialmente, esto es, con la "prudencia" y "conocimiento" ya que los dos factores decisivos que determinaron, como "efecto derrame", el mantenimiento de la información errónea sobre la persona

ver completo

JJuris6479
TRABAJADORES DEL SERVICIO DOMESTICO. (-decreto 326/56 y su reglamentario). Principios aplicables. Situaciones no revistas en otras fuentes. Ley aplicable: Ley de Contrato de Trabajo. Aplicación analógica. CONTRATO DE TRABAJO. Contrato de tracto sucesivo. I Despido arbitrario. Injuria . Extinción del vínculo. Vacaciones no gozadas. Imposibilidad de su goce. Resarcimiento. Incremento indemnizatorio normado por el art. 2° de la ley 25.323. Improcedencia. Integración.

En cuanto al personal de servicio doméstico -decreto 326/56 y su reglamentario- José Martía Riviriego en “Trabajadores del Servicio Doméstico”, entiende que “ la naturaleza laboral del personal incluido en el decreto 326/56 torna aplicables tales principios especialmente en situaciones no revistas en otras fuentes,

ver completo

JJuris6478
EXCEPCIONES PROCESALES. EXCEPCIÓN DE DEFECTO LEGAL.

No corresponde hacer lugar a la excepción de defecto legal en el modo de presentar la demanda puesto que no se vió afectado el derecho de defensa de la recurrente. Así del escrito de demanda, surge claramente que: la Sindicatura de Industrias Basc S.R.L. (quien demanda)

ver completo

JJuris6477
DIVORCIO. DIVORCIO VINCULAR. DIVORCIO por mutuo acuerdo. Declaración de divorcio en el extranjero.

Corresponde aceptar la inscripción de la sentencia de divorcio vincular de un matrimonio argentino dictada en España puesto que el acta de declaración del divorcio en el extranjero cumple con los recaudos formales y procesales del caso, y reúne los requisitos necesarios para

ver completo

JJuris6476
SUBASTA. MARTILLERO. OBLIGACIONES DEL MARTILLERO. EJECUCIÓN FORZADA. SANCIONES CONMINATORIAS. ASTREINTES.

1- Corresponde revocar el auto impugnado y, en su lugar, imponer astreintes al martillero por una suma de pesos diarios, que se aplicarán a partir de la notificación de la presente resolución en un caso en el martillero no depositó el dinero obtenido en la subasta,

ver completo

JJuris6475
PROCESAL. RECURSO DE REPOSICIÓN. REVOCATORIA IN EXTREMIS

No corresponde hacer lugar a la revocatoria en extremis deducida; en tanto que la Cámara no puede expedirse respecto de aquellos temas que no le fueron propuestos mediante el remedio procesal que corresponda, en el caso, la apelación en subsidio oportunamente deducida. Bajo tales premisas,

ver completo

JJuris6474
SEGUROS. CITACION EN GARANTÍA DE LA ASEGURADORA. DECLINACIÓN.

A la aseguradora le incumbe la carga de probar, ante la declinación de la citación en garantía de la compañía aseguradora , fundada en el incumplimiento por parte del asegurado de realizar la denuncia administrativa del siniestro.

ver completo

JJuris6473
SEGUROS. CITACION EN GARANTÍA DE LA ASEGURADORA. DECLINACIÓN.

Habiéndose acreditado que a la fecha del accidente había operado el vencimiento de cuotas de la póliza de seguro, y que éstas se encontraban impagas, corresponde hacer lugar a la excepción de suspensión de la cobertura opuesta por la aseguradora citada en garantía.

ver completo

JJuris6472
JUICIO EJECUTIVO. Juicio declarativo posterior. Defensas. Interpretación de leyes comunes.

La postulación de la recurrente cuenta prima facie con suficiente asidero en las constancias de autos, e importa articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de inconstitucionalidad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia de excepción

ver completo

JJuris6471
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. Improcedencia. Sentencia no definitiva.

El planteo del recurrente cuenta con suficiente asidero en las constancias de la causa e importa articular con seriedad causales que pueden configurar hipótesis de violación del derecho a la jurisdicción con idoneidad suficiente para lograr la apertura

ver completo

JJuris6466
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. IMPROCEDENCIA. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA./ ABOGADO. EJERCICIO PROFESIONAL. INHABILITACION. CONDENA PENAL/ MATRICULA. INSCRIPCION. DENEGACION.

El Colegio de Abogados de Santa Fe resuelve denegar la inscripción de la matrícula del compareciente, dado que considera que el mismo encuadra en el art. 295 de la ley 1060 y por lo tanto se encuentra inhabilitado. El actor impugna la decisión y en segunda instancia recurre a

ver completo