Miércoles, 16 de Febrero de 1994
En orden a las medidas cautelares, existe una prioridad del embargo sobre la inhibición, ya que ésta resulta procedente de no conocerse bienes libres del deudor y aún dispuesta, quedará sin efecto si presentare bienes o diese caución bastante (art. 290 CPCSF), de manera tal que sólo ante la inexistencia ...
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