Miércoles, 18 de Marzo de 2015
La declaración testimonial oscura, no creíble, contradictoria en si misma o respecto de otras pruebas, no da lugar a la formación de un incidente de tacha. Sólo la concurrencia de circunstancias personales que puedan hacer nacer sospechas sobre la imparcialidad de un testigo, constituye causal de tacha.
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