jurisprudencia

JJuris6909
DAÑOS Y PERJUICIOS. Estado. Responsabilidad. Responsabilidad extracontractual. Iinfracciones de tránsito. Alcance. DAÑO MORAL. Improcedencia.

En autos invoca el actor que, en fecha 29.12.2007, a las 20 horas, D. S. (hijo del actor) conducía el cuatriciclo Mondial 220 c.c., en la intersección de las calles Colón y Belgrano de la ciudad de Arroyo Seco; que, en tales circunstancias, fue detenido por inspectores del órgano ...

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JJuris6908
SEGUROS. Contrato de seguro. Obligaciones de las partes. Obligaciones del asegurador. Indemnidad del asegurado. Citación en garantía. Ausencia o insuficiencia de seguro. Existencia del contrato de seguro. Carga de la prueba.

La facultad reconocida al damnificado de citar en garantía al asegurador, encuentra su fuente obligacional en el contrato de seguro en virtud del cual éste debe mantener indemne al asegurado. De la existencia de éste último depende su legitimación activa, por lo que el mismo constituye un hecho constitutivo de ...

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JJuris6907
PROCESO. Demanda. Legitimación. Excepción de falta de legitimación pasiva. Relación jurídica sustancial. Titulares. Doctrina de los propios actos. Cosa riesgosa. Riesgo o vicio de la cosa. Eximición de responsabilidad. cosa inanimada. Cosas estáticas y cosas dinámicas. Riesgo de utilización. Existencia y entidad del riesgo de la cosa. Valoración judicial. Circunstancias de su operatividad.

En fecha 28.04.1994, aproximadamente a las 16 horas, O.E.G. se encontraba realizando tareas de limpieza e impermeabilización de un techo de chapas de zinc y plástico del inmueble de calle Cazadores 2745 de la ciudad de Rosario. En tales circunstancias, a los efectos de

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JJuris6906
PROCESO. Prueba. Presupuesto fáctico. Cuestiones admitidas. Art. 1113, CC (texto según ley 17.711). Cosa riesgosa. Riesgo o vicio de la cosa. Cosas inanimadas. Responsabilidad. Sistema de causalidad. Nexo de causalidad adecuado. Atribución de responsabilidad. Fundamento. Responsabilidad objetiva fundada en el art. 1113, 2° párrafo, CC. Existencia del nexo causal adecuado entre la cosa riesgosa y el daño. Eximente de responsabilidad. Demostración de la culpa de la víctima, de un tercero, o el caso fortuito, siempre que revelen aptitud para interrumpir o interferir tal nexo. Contratista o subcontratista. Lesión de carácter permanente. Incapacidad física. Bien jurídicamente protegido. Daño patrimonial. Reparación patrimonial. Disminución de aptitudes laborativas. Secuelas del accidente. invalidez física. Reconocimiento constitucional del derecho a la salud y al resarcimiento de daños. Reforma constitucional de 1994. Artículo 75, inciso 22, CN. Indemnización por incapacidad sobreviniente. Artículo 1083, CC. Reforma de la ley 17.711. Lesiones sufridas a raíz de un accidente. Cuantía del daño. Jurisprudencia Cosa riesgosa. nexo de causalidad adecuado . Fundamento de la responsabilidad. Riesgo de la cosa. Responsabilidad objetiva fundada en el art. 1113, 2° párrafo, CC. Prueba de la existencia del nexo causal adecuado entre la cosa riesgosa y el daño. . Liberación de responsabilidad Culpa de la víctima, de un tercero, o el caso fortuito, siempre que revelen aptitud para interrumpir o interferir tal nexo contrato de compraventa de cereal . Contratista o subcontratista. Lesión de carácter permanente. incapacidad física .bien jurídicamente protegido. Daño patrimonial. Reparación patrimonial. Disminución de aptitudes laborativas Secuelas del accidente. Invalidez física . Reconocimiento constitucional del derecho a la salud y al resarcimiento de daños. Reforma constitucional de 1994. Artículo 75, inciso 22, CN. Indemnización por incapacidad sobreviniente. Reforma de la ley 17.711, el artículo 1083, CC. Lesiones sufridas a raíz de un accidente. Cuantía del daño. Jurisprudencia.

En cada proceso debe probarse todo aquello que forma parte del presupuesto fáctico para la aplicación de las normas jurídicas, con la excepción del privilegio de exención probatoria conferido por la ley (DEVIS ECHANDÍA, Hernando; “Compendio de la Prueba Judicial”, Santa Fe, Rubinzal Culzoni, 2000, tomo I,

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JJuris6904
RECURSO DE NULIDAD. RECURSO DE APELACIÓN. CONTRATO BANCARIO. Tarjeta de crédito. MORA. INTERESES. Compensatorios y punitorios.

El recurso de nulidad interpuesto no se mantuvo en la Instancia y como no se detectan vicios o irregularidades procedimentales que determinen un pronunciamiento de oficio, corresponde expedirse por la negativa (arts.360 y 361 del CPCC). La vencida invoca apelación y en sus

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JJuris6903
RECURSO DE NULIDAD. Desestimación. RECURSO DE APELACIÓN. Rechazo. EXCEPCIÓN DE PRECRIPCIÓN. PAGARÉ. ENDOSO.

Corresponde la desestimación del recurso de nulidad interpuesto debido a que no ha sido efectuado en la presente instancia de forma autónoma, y que tampoco se advierten vicios in procedendo con anterioridad al dictado de la sentencia recurrida. Esta Sala considera que el apelante no logra controvertir

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JJuris6902
HOMICIDIO. LESIONES EN RIÑA. TENENCIA DE ARMAS. PORTACIÓN DE ARMAS DE GUERRA SIN AUTORIZACIÓN.

1- Corresponde dictar auto de procesamiento respecto de los imputados por la comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones en Riña agravadas por el empleo de arma de fuego y portación de arma de guerra sin la debida autorización legal (arts. 95, 41bis y 189bis inc. 2°

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JJuris6901
RECURSO DE APELACIÓN. INSUFICIENTE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS. DESPIDO INDIRECTO. CAUSALES DE DESPIDO. INJURIAS.

Corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto por la actora, y en consecuencia, confirmar la sentencia venida en revisión en la que se rechazó demanda. En efecto, no existe ningún despliegue probatorio tendiente a dar cuenta de las referidas “coacciones verbales

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JJuris6900
DAÑOS Y PERJUICIOS. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. RIESGOS DEL TRABAJO. FALTA DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA.

Corresponde hacer lugar a la demanda instaurada y, en consecuencia, condenar a la demandada a abonar la suma reclamada por prestación médica integral y farmacéutica a las personas indicadas, quienes contaban con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. En lo que respecta a la viabilidad del reclamo, atento que

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JJuris6899
JUICIO EJECUTIVO. EJECUCIÓN PRENDARIA. EXCEPCIONES PROCESALES.

Corresponde rechazar las excepciones interpuestas y en consecuencia mandando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga integro el cobro del capital reclamado En efecto, en cuanto a la excepción de incompetencia: de acuerdo con el artículo 28 del Decreto Ley Nº 15.348/46, ratificado por

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JJuris6898
JUICIO EJECUTIVO. EXCEPCIONES PROCESALES. ACCIÓN CAMBIARIA. PAGARÉ. TITULO EJECUTIVO.

Corresponde hacer lugar a la demanda ejecutiva y por consiguiente ordenar llevar adelante la ejecución. En consecuencia se rechaza las excepción de inhabilidad de títulos basado en la distinta grafía utilizada para completar los títulos ya que esto no los invalida porque la ley

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JJuris6897
COSTAS PROCESALES. DISTRIBUCIÓN DE COSTAS. COSTAS POR SU ORDEN. AMPARO.

Corresponde imponer las costas por su orden en ambas instancias. A los actores se les dio la razón en primera y segunda instancia, lo que acredita razón plausible para litigar en los términos del art. 17 de la Ley de Amparo y

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JJuris6896
PRUEBA CONFESIONAL. Absolución de posiciones. Valor probatorio. Patrocinio Letrado.

La confesión judicial provocada, aun ante juez incompetente, constituye plena prueba contra el confesante (salvo los supuestos expresamente señalados por el Código), el juez no podrá apartarse de los hechos confesados valorándolos conforme el principio de la sana crítica y las demás constancias

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JJuris6895
DAÑO MORAL. Monto indemnizatorio. DAÑOS Y PERJUICIOS. Incapacidad sobreviniente. INTERESES. Facultades judiciales.

Para determinar el quantum indemnizatorio por daño moral, resulta de aplicación lo referido al arbitrio judicial, dentro de los parámetros de racionalidad y discrecionalidad inherentes, aunque existan diversas toerías y a veces hasta antagónicas al respecto. La jueza a quo al momento de meritar el

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JJuris6894
CONCURSO. Efectos de la quiebra. Desapoderamiento. Situación de los acreedores.

Conlleva el inmediato desapoderamiento la sentencia de quiebra , sin que sea nesesario la publicidad de la misma mediante edictos o la inscripción de la inhibición general en los registros públicos (artículo 88 inciso 2, Ley de Concursos y Quiebras), por lo que "siempre"

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JJuris6892
RECUSACION Y EXCUSACION. Causales. Violencia moral. Alcance. Decoro. Alcance.

1. Si bien prima facie podría entenderse que la alegada no sería objetivamente una causal de excusación, la circunstancia de que su hijo esté incluido en la procura inicial otorgada por el actor puede llegar a afectar el decoro que debe

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JJuris6891
CONTRATO DE TRABAJO. Despido. Indemnización. Art. 16, Ley 25.561.

Si bien la interpretación en cuanto a los rubros que comprende la sanción no es pacífica en la jurisprudencia, porque en algunos tribunales impera un criterio restrictivo que indica que cuando (el texto legal) se refiere “a la indemnización que les correspondiese” se trata sólo de

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JJuris6890
RECURSO DE APELACION EXTRAORDINARIA. Juicio de admisibilidad. Interpretación restrictiva. Sentencias de los Tribunales Colegiados. Prueba. Valoración por el juez.

1. A raíz de la irrecurribilidad que el art. 83 de la Constitución de Santa Fe asegura a las decisiones de los Tribunales Colegiados, la doctrina prevaleciente interpreta que, en general, las causales de procedencia de la Apelación Extraordinaria deben ser interpretadas de manera restrictiva. 2. En atención a que para

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JJuris6889
JUICIO EJECUTIVO. Título ejecutivo. Título hábil. Constancia de saldo deudor en cuenta corriente bancaria. Juicio ejecutivo. Procedencia. Saldo definitivo y exigible.

1. La constancia del saldo deudor en cuenta corriente bancaria, otorgada con las firmas conjuntas del gerente y contador del banco son consideradas títulos que traen aparejada ejecución, tal como lo consigna la norma del Art. 793 últ. parte del Cód. de Comercio. 2. La calidad de título hábil para

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JJuris6888
ACCIDENTES DE AUTOMOTORES. Daños y perjuicios. Accidente de tránsito ocurrido en ruta. Prueba. Daño material. Incapacidad psicofísica. Gastos colaterales.

Se trata de un accidente de tránsito ocurrido en ruta, en el cual intervinieron tres vehículos. Se encuentra probado que el resultado dañoso se debió a la conducta del demandado C., de manera exclusiva y excluyente -art. 1109 C.C.- por abierta violación al art. 48

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JJuris6886
CONCURSOS Y QUIEBRA. Recurso directo. Fundamentación. Procedencia. Apelación de la resolución. Admisibilidad o inadmisibilidad. Regla de inapelabilidad. Artículo 273 inc. 3º de la ley 24.522.

Corresponde tener presente que ante la interposición de una queja, el tribunal de alzada debe expedirse exclusivamente acerca de si los recursos han sido bien o mal denegados. En este sentido, sostiene Peyrano que “La fundamentación del recurso directo es una suerte de expresión de los agravios que le

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JJuris6885
PROCESO. Extinción del proceso. Fallecimiento del coheredero. Cuestión abstracta. Declaración.

En el caso, se produce el fallecimiento del coheredero . Por lo cual se solicita se declare abstracta la cuestión atento desaparecer con el fallecimiento de B. O., el conflicto que diera origen a la intervención de la abogada, perito partidora, inventariadora y

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JJuris6884
HONORARIOS. Regulación. Recurso de apelación. Admisibilidad. Arts. 28, inc. a) de la Ley 6767, 348 del CPCC y 43 de la LOPJ. Aranceles profesionales. Diferencias interpretativas.

El artículo 43 de la ley 10160 -cuya inconstitucionalidad no se ha planteado- establece que “En todos los casos, para la admisibilidad de la respectiva impugnación se requiere que el agravio exceda de una cantidad equivalente a diez unidades jus a la fecha de dictarse el pronunciamiento recurrido…”. Con

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JJuris6881
ROBO. Robo calificado por el uso de arma de fuego apta para el disparo. Tentativa de homicidio. Absolución. Resistencia a la autoridad. Plena prueba. Lesiones graves. Lesiones graves agravadas.

En autos, J.M. interceptó a S. O.C. , (heladero) cuando el mismo se desplazaba a bordo de su bicicleta por calle Aguaribay al 100 de Cabín 9, Pérez, y tras exhibirle un arma de fuego tipo revólver de color cromado, le efectúa dos disparos con la misma

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JJuris6880
DAÑOS Y PERJUICIOS. PARQUE DE DIVERSIONES. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO MUNICIPAL. RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO. DEFENSA DEL CONSUMIDOR. DEBER DE SEGURIDAD.

1- Corresponde hacer lugar a la demanda y por consiguiente condenar a pagar indemnización por daños al empresario organizador de un parque de diversiones y a la municipalidad por las lesiones sufridas por el menor en circunstancias en que éste se encontraba subiendo

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