Miércoles, 02 de Septiembre de 1998
Existe una distinción entre la injuria infligida por el despido arbitrario y cualquier otro posible «acto ilícito» que se cometiera independientemente del despido (p. ej., una denuncia criminal, privación de la libertad, agresión física, etc.) reconociendo derechos especiales de indemnización
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